Es un préstamo mercantil regulado por el artículo 20 del Real Decreto-ley 7/1996 cuyo interés se liga, total o parcialmente, a la evolución de la actividad de la empresa prestataria. En la prelación de créditos se sitúa después de los acreedores comunes y computa como patrimonio neto a efectos de reducción de capital y liquidación. En Rentakia es el instrumento de entrada del inversor: la suscripción desde 1.000 € nace como préstamo participativo convertible, representado en tokens de posición de 100 €, y en el Hito de Conversión (cuando la SPV compra el inmueble y lo inscribe) se convierte de pleno derecho en el bono elegido, representado como token de seguridad registrado en la ERIR.
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